SEP restringe celulares en escuelas desde el 3 de noviembre

El acuerdo contempla usos pedagógicos, salud e inclusión; en bachillerato y educación superior operan criterios diferenciados.

La presidenta Claudia Sheinbaum durante una intervención ante un atril

La regulación de la Secretaría de Educación Pública (SEP) sobre el uso de celulares y otros dispositivos digitales personales en las escuelas entró en vigor este 3 de noviembre de 2026. El acuerdo establece medidas distintas por nivel educativo y contempla situaciones en las que los dispositivos pueden utilizarse.

Qué cambia en educación básica

El acuerdo 09/09/26, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de septiembre, establece condiciones para las escuelas públicas y particulares del Sistema Educativo Nacional. Su primer transitorio fija el 3 de noviembre como fecha de entrada en vigor.

Para primaria y secundaria, la SEP explicó que el uso de teléfonos celulares y dispositivos personales está restringido durante la jornada escolar, tanto en las aulas como durante el recreo. La medida busca reducir distracciones y favorecer el aprendizaje y la convivencia, según la dependencia.

La regulación no equivale a una prohibición absoluta sin excepciones. El acuerdo prevé usos con intención pedagógica y ajustes razonables indispensables para la inclusión. Su decálogo orientador señala que se puede llevar o usar un dispositivo cuando lo pida el personal docente o por motivos de salud, discapacidad, accesibilidad o inclusión, siguiendo las indicaciones de la escuela y la familia.

Para una emergencia, el decálogo plantea que el alumnado busque apoyo del personal docente y que la familia y la escuela recurran a los medios de comunicación establecidos. Las familias pueden consultar con su plantel cuáles serán esos canales y cómo se aplicarán los ajustes necesarios.

Reglas distintas para bachillerato y universidad

El acuerdo establece para educación media superior un esquema de uso seguro y responsable, con medidas acordadas por cada institución según las necesidades de su comunidad. La SEP describe este modelo como diferente de la restricción prevista para primaria y secundaria.

El decálogo orientador para bachillerato propone respetar los acuerdos de la comunidad escolar, mantener los dispositivos apagados o en silencio cuando corresponda y seguir las indicaciones docentes para su uso pedagógico. También contempla su uso en emergencias.

En educación superior, el acuerdo promueve el uso responsable y seguro de los dispositivos con respeto a la autonomía universitaria, administrativa y académica. Por ello no debe interpretarse que la misma restricción de educación básica se aplica automáticamente a universidades.

Información para las comunidades escolares

El acuerdo dispone que las autoridades educativas y otras instancias competentes realicen asambleas con madres, padres, tutores y comunidades educativas para informar y construir acuerdos sobre su implementación.

Las autoridades estatales y de la Ciudad de México cuentan con 180 días naturales a partir de la entrada en vigor para emitir o armonizar los instrumentos jurídicos que correspondan, de acuerdo con el tercer transitorio.

La disposición federal abarca al país, incluido Hidalgo. La información revisada para esta nota no confirma medidas particulares de implementación en esa entidad; los detalles de cada escuela deben consultarse con su autoridad educativa y su plantel.

Los decálogos anexos al acuerdo tienen carácter orientador y pueden adecuarse al nivel, contexto y necesidades de cada comunidad escolar. La comunicación entre familias y escuelas será relevante para aclarar excepciones, canales de emergencia y acuerdos de uso.

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