Reforma al PJF plantea unir elección judicial y revocación

La reforma al PJF prevé iniciar en abril de 2027 el proceso para elegir juzgadores y hacer coincidir en 2028 la revocación de mandato con comicios.

Sesión del pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su salón de sesiones

La reforma al PJF preparada por la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo plantea modificar los tiempos de la próxima elección de jueces y magistrados y hacer coincidir en 2028 la consulta de revocación de mandato con elecciones federales o locales. De acuerdo con el proyecto de decreto consultado por La Jornada, el Senado tendría que emitir la convocatoria general a más tardar el 30 de abril del año anterior a la elección. La propuesta también reorganiza facultades administrativas dentro del Poder Judicial de la Federación: reduce la concentración financiera del Órgano de Administración Judicial y concede mayor autonomía de gestión presupuestaria a la Suprema Corte, al Tribunal Electoral y al Tribunal de Disciplina Judicial.

Reforma al PJF adelanta la organización de la elección judicial

El proyecto plantea que el nuevo proceso de elección de jueces y magistrados comience en abril de 2027. La convocatoria general del Senado tendría que emitirse, como límite, el 30 de abril del año anterior a la jornada electoral, con el objetivo de ampliar el tiempo disponible para registros y evaluaciones.

Dentro de los 15 días posteriores a esa convocatoria se integrarían los comités de selección, coordinadores de trabajos y una comisión coordinadora. Según el documento citado por La Jornada, esta última verificaría requisitos de elegibilidad y establecería criterios, metodologías y exámenes homologados para las personas aspirantes.

Revocación de mandato y elecciones coincidirían en 2028

Otro cambio relevante está en la Ley Federal de Revocación de Mandato. La propuesta establece que la consulta se celebre el primer domingo de junio del cuarto año del periodo constitucional, de manera que pueda coincidir con elecciones federales o locales. Bajo el calendario presidencial vigente, esa modificación llevaría el ejercicio de revocación de mandato a 2028.

La iniciativa reportada no se limita al calendario electoral. El proyecto reforma disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Ley de Amparo, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y la Ley Federal de Revocación de Mandato.

La Corte tendría mayor autonomía para ejercer su presupuesto

La propuesta también modifica el equilibrio administrativo surgido de la reforma judicial previa. El Órgano de Administración Judicial conservaría la función de ente globalizador del presupuesto y la integración de anteproyectos, pero la Suprema Corte, el Tribunal Electoral y el Tribunal de Disciplina Judicial operarían como unidades ejecutoras de gasto con facultades para ejercer directamente sus recursos.

En el caso de la Suprema Corte, el pleno podría emitir reglas propias sobre personal, contrataciones, bienes, tecnología, obra pública y patrimonio. El proyecto también le atribuye competencia para resolver controversias entre órganos del Poder Judicial de la Federación, con el propósito declarado de dar certeza a la distribución de atribuciones.

Lo que sigue para la reforma

El documento se encuentra, de acuerdo con La Jornada, en fase de proyecto preparado por la Consejería Jurídica. Por ello, sus disposiciones todavía deben distinguirse de una reforma ya aprobada y vigente. Su eventual presentación y el proceso legislativo definirán si el calendario electoral, la coordinación institucional y el nuevo esquema presupuestario del Poder Judicial avanzan en los términos actualmente planteados.

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